El Juzgado de Primera Instancia nº40 de Madrid ha condenado por usura al fondo buitre Axactor, que adquirió un paquete de préstamos personales en situación de morosidad en 2019 provenientes de ING que, si bien el TAE y los intereses de demora estaban por debajo de los cánones usurarios establecidos por el Tribunal Supremo, establecía una remuneración de más de un tercio del capital prestado.
Dicho préstamo se refería a un nominal de 15.000 euros, a devolver en 75 cuotas; y aunque se recogía un TAE del 10,03% el importe a devolver ascendía a 20.005,48 euros, es decir, un 33% del total.
Según la Sentencia, la diferencia entre principal prestado e importe a devolver evidencia la aplicación de intereses remuneratorios usurarios, pues equivalen a un 33% del total, entendiendo que concurren los requisitos exigidos por el art. 1 Ley de Represión de la Usura y de la relevante STS Pleno de 24 de noviembre de 2015, reiterada por la reciente STS Pleno de 4 de marzo de 2020.
El juzgado ha calificado este préstamo como usurario al ser notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado con las circunstancias del caso, condenando a la mercantil Axactor a que se le devuelva únicamente el capital prestado y descontando las cuotas ya pagadas, a lo que el fondo no se opuso.
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