Las diligencias policiales recogidas por la fiscalía de la Audiencia Nacional y que sustentan la acusación contra el canal Resistencia Films incluyen datos falsos sobre personas que, según la versión policial, serían miembros «históricos» de los Grupos de Resistencia Antifascista Primero de Octubre (GRAPO).
En concreto, la versión policial afirma que el abogado Juan Manuel Olarieta y Josefa Seoane, madre de los ex presos comunistas Francisco, Jesús y Carlos Cela, serían «integrantes destacados» que fueron entrevistados desde la productora y por tanto serían el «nexo» entre el documentalista autor de las grabaciones y la organización armada.
Asimismo, incluye entre los materiales de interés policial el documental Recuerdos en la tierra, sobre la situación social del campo granadino o los contenidos del Festival DOCUMENTASUR.Según la versión policial, Olarieta y Josefa Seoane son «reconocidos miembros de la banda» a pesar de que ninguno de ellos le pesa imputación, condena o actuaciones investigativas que los relacionen con ninguna actividad armada.
Juan Manuel Olarieta, abogado de profesión y con despacho en Madrid, entra y sale de la Audiencia Nacional y su actividad es reconocida y pública. Asimismo colabora como analista internacional en medios como Russia Today o Sputnik News y lleva la defensa de presos antifascistas sobre los que pesan imputaciones por delitos de terrorismo.
Josefa Seoane, en calidad de madre de tres ex presos comunistas, ha sido apodada despectivamente por la propia policía como la «matriarca» de los GRAPO. Sin embargo, ahí termina el «nexo» que para los agentes firmantes de dichas diligencias es la evidencia de su vinculación con la organización, y por tanto, prueba de cargo contra Resistencia Films. Inclusive, la propia Josefa ha sido entrevistada en TVE.
Carmen Lamela: «No hay delito alguno»
La defensa de la productora ha solicitado a la titular del Juzgado Central de Instrucción nº3 de la Audiencia Nacional, Carmen Lamela, que se remitan estos hechos al juzgado decano de Madrid, por la posible existencia de un delito de falsificación de documentos por parte de los agentes firmantes de las diligencias.
Sin embargo, para Lamela no existe delito. En una providencia firmada el 3 de agosto, fecha inhábil en la Administración de Justicia, «no ha lugar a deducir el testimonio interesado, al no aparecer de lo actuado indicios de haberse cometido delito alguno«.
Decisión recurrida
La resolución ha sido recurrida en términos irónicos, ya que dichas falsedades tenían como exclusiva finalidad alimentar la acusación de la fiscalía, y que los agentes intervinientes, por su especial intervención en las diligencias, no les podía ser desconocida su falsedad.
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