En un procedimiento relativo al menudeo de droga, el Tribunal Supremo ha corregido la interpretación que muchos juzgados hacen de la sobrecarga de trabajo de los juzgados penales. La sentencia recurrida no tuvo en cuenta la dilación en la tramitación del procedimiento «debido a la sobrecarga que sufren los órganos judiciales en su normal discurrir«, algo cuyas consecuencias en ningún caso pueden recaer en el imputado. (más…)