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El anteproyecto de ley contra el crowdfunding que más hace por el Bitcoin

Si bien el Gobierno español se ha echado atrás en los aspectos más duros de los límites a la financiación colectiva, el ministro De Guindos ha anunciado la decisión del Consejo de Ministros de eliminar los límites de inversión en proyectos de equity crowdfunding (financiación en masa a cambio de participación accionarial) y crowdlending (préstamos P2P) para los inversores profesionales, que en principio se iban a limitar a 3.000 euros por proyecto y 6.000 euros por plataforma al año, que sí se aplicarán a los ciudadanos comunes y corrientes.

La suscripción popular de capitales por mecanismos ajenos a la Comisión Nacional del Mercado de Valores sufre un duro varapalo, ya que se trata de un impedimento que afectará a los proyectos no empresariales.

Con las modificaciones, la ley quedaría de la siguiente manera: los inversores profesionales cuya renta supere los 100.000 euros no tendrán límite alguno a la hora de invertir en ninguna empresa ni plataforma. El límite de 3.000 euros por proyecto y 6.000 por plataforma al año sí se mantiene, no obstante, para los ciudadanos aislados que no se acrediten como profesionales de la inversión.

Una de las cosas que se le olvidó, por suerte, al legislador es la existencia de mecanismos de financiación colectiva al margen de los sistemas de control que establece el mencionado anteproyecto, pudiendo encajar el crowdfunding con bitcoin en lo previsto en su art. 47, y quedando por tanto, fuera de su regulación.

Nota: el usuario RDMINER del foro de Bitcointalk nos ha hecho una apreciación importante sobre cómo encajar esta actividad en el mencionado artículo. Entendemos que la entrega de Bitcoin no es una entrega dineraria, en los términos de la Ley de Dinero Electrónico, y es que la suscripción de fondos mediante BTC implica una compraventa, a precio pactado, cuya contraprestación será efectivizada, en el caso del crowdfunding, en el tiempo que acuerden las partes.

Cómo garantizar los servicios profesionales contratados por Internet

Realizar trámites online, compras y contratación de servicios a través de la red es una realidad indiscutible. El ahorro de tiempo, de dinero y la comodidad que ofrece son atractivos de un sector que si bien no va a sustituir en pleno al comercio físico, lo cierto es que le ha ganado un terreno en la última decada del que parece no volverse atrás. A esto hay que añadir los servicios de descuentos por compra online y los servicios profesionales: abogados, asesores, dietistas, informáticos, etc.

Es un sector en alza dado que otorga al consumidor una capacidad de comparación mucho más amplia respecto a la oferta de esos servicios. Es decir, tiene amplias ventajas.
Sin embargo, el ahorro comercial que supone la publicidad en Internet y lo innecesario de tener amplias infraestructuras, permite el acceso a oferentes que no siempre pueden dar lo que prometen. Crear una página web, incluído diseño, hosting y dominio nos puede costar unos 100 euros al año, lejos de los gastos mensuales que nos supone un alquiler o una licencia de apertura.
Por ello, y en atención a lo que dispone la Ley 34/2002, de 11 de julio de Servicios de la Sociedad de Información y Comercio Electrónico, vamos a proponer unas sencillas precauciones que debemos tener siempre en cuenta a la hora de realizar compras online:
  1. Constatemos que lo que nos ofrecen es real. Desconfíe en general de los productos milagrosos y consulte a especialistas si tiene dudas respecto a lo que va a adquirir.
  2. Verifique y exija la identidad de los oferentes. La normativa en esta materia otorga el derecho al consumidor de saber quién es la persona que está al otro lado del monitor. Esto es una garantía que le permitirá, en caso de incumplimiento, realizar las oportunas acciones. Si le dan largas para proporcionarle estos datos, elija otro proveedor.
  3. Si le presionan para adquirir el producto o servicio, no lo adquiera.
  4. Recuerde que la información publicitaria que su proveedor tenga en la web, tiene carácter vinculante, es decir, está obligado a cumplir dichas condiciones sin excepción.

El Toguero 

El spyware de la Policía Nacional y el camino inevitable hacia los «freesites»

La Policía Nacional hizo un importante operativo

Según ha adelantado el Ministerio de Justicia, el borrador de anteproyecto de Código Procesal Penal encargado por Alberto Ruiz Gallardón permitirá a la policía, tras la intervención de un juez, utilizar software malicioso para obtener información de los equipos informáticos de las personas a las que investiga. Esto implicará dotar a las fuerzas de seguridad de medios técnicos y humanos para el control de equipos informáticos de personas «sospechadas».

Según recoge el artículo 350 del anteproyecto, «el Tribunal de Garantías podrá autorizar, a petición razonada del Ministerio Fiscal, la utilización de datos de identificación y códigos, así como la instalación de un software, que permitan, de forma remota y telemática, el examen a distancia y sin conocimiento de su titular o usuario del contenido de un ordenador, dispositivo electrónico, sistema informático, instrumento de almacenamiento masivo de datos informáticos o base de datos».

Esta práctica ya está incluída en la llamada «Ley Lasalle«, que permite esta práctica pero en los procedimientos derivados de la «salvaguarda» de la propiedad intelectual.

Calma navegantes

Sin embargo, va a ser difícil que esta Ley consiga, al menos a largo plazo, las consecuencias deseadas. Ian Clarke, un joven informático de origen irlandés, viene desarrollando desde el año 2000 un software de código abierto conocido como «Freenet». El mismo funciona como una red P2P (similar a la estructura del conocido programa de intercambio de datos eMule) y facilita anonimato de cara a la navegación, acceso y proporción de información a los usuarios de la misma.

Inclusive, con el instalador del Freenet se proporciona una aplicación, Jsite, que permite crear, insertar y administrar las llamadas «freesites», una especie de oasis de la libertad de expresión en internet similiar a cualquier página web pero con datos encriptados para garantizar el anonimato. Similar funcionamiento tiene Entropy, pero desarrollado en lenguaje C y no en Java como Freenet.

Esto indica que en el nivel actual de actividad y desarrollo de la computación, pretender legislar límites al flujo de datos es como poner puertas al campo. A nuestro entender, esta actividad legislativa va orientada a introducir el miedo entre los navegantes más que a reprimirlos, dado que un simple rastreo por la web nos permite obtener soluciones sencillas a esta nueva censura. Sólo hay que partir del concepto de que nada es imposible y que todo es relativo.

Fuentes
Alt040: La policía española podría usar spyware en sus investigaciones
Freenet Project: Web Oficial en castellano

[Descargar] Bitcoins para torpes, el capítulo de The Good Wife que escenifica la amenaza del Bitcoin para las autoridades de EEUU

Un particular abogado, defensor habitual de los activistas del movimiento Ocupa Wall Street que protestan contra la estructura del poder financiero y sus consecuencias sociales, entra agitado al despacho de Alicia Florrick porque agentes del Departamento del Tesoro de EEUU lo están siguiendo. Quieren que desvele el nombre de su cliente, el creador del Bitcoin, la divisa electrónica que está poniendo en jaque su estructura monetaria y base del poderío económico de las principales corporaciones. Adjuntamos el enlace para descargarlo doblado al castellano.

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http://bitshare.com/files/urpckjpe/The-good-wife-3×13.avi.html