La jueza del Juzgado de Primera Instancia nº6 de Móstoles, Elena Cortina Blanco, ha rechazado la revisión de una cláusula de vencimiento anticipado redactada en el año 2014 por la que se facultaba al banco acreedor, BBVA, a instar la resolución anticipada del préstamo con el impago de una sola cuota, y ha ordenado el desahucio de la afectada el próxmo 31 de enero. En el año 2014 ya estaba en vigor la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil que establecía el plazo de tres cuotas mínimas para instarlo.
En el citado procedimiento de ejecución hipotecaria, la afectada tuvo la defensa letrada del turno de oficio, que si bien instó la nulidad de dicha cláusula, no recurrió el auto que le daba validez. Ninguna de las partes ni tampoco la magistrada advirtieron que la redacción de la escritura se hacía en contra de la regulación vigente en el momento de la firma del préstamo. Ha sido con una nueva defensa letrada que la afectada ha instado la revisión mediante un incidente de nulidad de actuaciones, que la jueza ha desestimado. (más…)